Saltar al contenido

Ley antimemes: el 403 Bis frase por frase y lo que el texto no define

El tipo penal prevé de uno a cinco años de cárcel por usar, a escala comercial, la identidad gráfica oficial para engañar. No dice qué es esa escala ni exime con todas sus letras a la sátira. La minuta ya está en Diputados.

C
Cuadrilla Tiempo · 6 min de lectura
Imagen de la nota sobre el artículo 403 Bis de la Ley antimemes aprobada por el Senado

El artículo 403 Bis, que en redes y en tribuna ya se conoce como «Ley antimemes», castiga con una multa de 1,000 a 10,000 UMA y una pena de uno a cinco años de prisión.

Los senadores lo avalaron el 30 de septiembre, en una reforma sobre piratería que toca el Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, donde el artículo se inserta. Según Excélsior, la sanción alcanza a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore a escala comercial la identidad gráfica institucional, dominios o documentos oficiales, si busca inducir al error o engaño para cometer un ilícito. De ahí, la minuta pasó a la Cámara de Diputados.

cuando está de por medio la libertad, la ley tiene que ser precisa

Los votos a favor vinieron de Morena, el PT y el Partido Verde. El conteo depende del medio: El Universal reportó 72 a favor y 34 en contra, mientras que Excélsior y Político MX registraron 68 con los mismos 34 en contra. Entre esos 34 hubo senadores del PAN, el PRI y MC, y también uno del Verde, Luis Armando Melgar.

El texto, pieza por pieza

Leímos el artículo tal como lo reprodujeron Excélsior y Político MX. Sobre lo que pasó en el pleno, las fuentes se contradicen: según El Universal, la mayoría oficialista presentó una reserva para precisar el dolo en el 403 Bis, y según Político MX el artículo se mantuvo sin cambios. El texto definitivo será el de la minuta que reciba Diputados.

Lo que votó el pleno no es lo que envió la presidenta Claudia Sheinbaum. Su paquete original, de acuerdo con Político MX, preveía de tres a siete años de cárcel. Después, las comisiones de Justicia, Economía y Estudios Legislativos, Primera, bajaron la sanción a uno a cinco años y delimitaron la conducta con ajustes que propuso Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia. Ahora el uso tiene que perseguir un engaño sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma o sistema informático, y vincularse con un ilícito. La multa se quedó como estaba.

Primero vienen cuatro verbos: utilizar, reproducir, imitar o incorporar. Con que se cumpla uno, alcanza. Nadie tiene que calcar un logotipo; una imitación también entra.

Después, «a escala comercial». La mayoría sostiene que ahí está la línea entre quien comparte contenido en redes y quien monta un fraude. Pero Político MX señala en su análisis que el artículo no explica qué se entiende por esa escala, ni qué abarca exactamente la «identidad gráfica» fuera de los elementos oficiales de las instituciones públicas. Al faltar esa definición en la ley, serán fiscales y jueces quienes decidan qué volumen o alcance basta para configurarla.

Luego, «inducir al error o engaño»: es el resultado perseguido, que alguien tome por oficial una comunicación, un sitio o un documento. Y al final, «con la intención de cometer un ilícito», donde entra el dolo. Para los delitos de leyes especiales rige de forma supletoria el Código Penal Federal, cuyo artículo 9 considera doloso el acto de quien quiere o acepta que el hecho ocurra, ya sea porque conoce los elementos del tipo penal o porque prevé como posible el resultado típico. En el 403 Bis esa intención no es genérica: debe estar dirigida a cometer un ilícito, y demostrarlo corresponde al Ministerio Público.

Ojo con la palabra «un ilícito»: no es un delito concreto. El morenista Cuauhtémoc Ochoa dijo en tribuna que «aquí nadie va a ir a la cárcel, nadie por hacer un meme», y puso tres condiciones: escala comercial, presentar algo como oficial para engañar e intención de cometer un fraude, según El Universal. Sin embargo, la versión del artículo que describen Excélsior y Político MX no menciona el fraude. Menciona cualquier ilícito.

Lo que queda a criterio de la autoridad

En el dictamen no hay excepciones expresas. Político MX recuerda que Ricardo Anaya, coordinador de los senadores del PAN, había pedido antes del pleno una excepción para periodistas y parodias; el texto aprobado no la contiene. Desde la misma bancada, María de Jesús Díaz Marmolejo observó que la reforma maneja conceptos amplios, como «identidad gráfica» y «escala comercial», y no excluye de manera explícita la parodia, la sátira, la caricatura política, los memes, el trabajo periodístico ni la creación artística.

Su compañera Guadalupe Murguía advirtió que, aunque la reforma no sanciona memes o sátira de forma específica, su redacción podría dejar a los contenidos de crítica política a merced de la interpretación de las autoridades, según Excélsior. Por el PRI, su coordinador Manuel Añorve lanzó desde la tribuna: «¿Quién va a decidir cuándo una parodia, deja de ser parodia y se convirtió en un intento de engañar?», según El Universal. Y Melgar defendió que «cuando está de por medio la libertad, la ley tiene que ser precisa», según Político MX.

Del otro lado respondieron que se castiga la suplantación, no la burla. Según El Universal, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, de Morena y presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, planteó que criticar, hacer sátira y debatir en público forma parte de una democracia, mientras que hacerse pasar por una institución para engañar es otra cosa. Corral afirmó que, «con la modificación, queda claro el alcance del delito», que «consiste en usar la identidad gráfica con el fin de engañar a la población para la comisión de un ilícito, no con fines políticos», según Excélsior.

El cruce más ríspido de la sesión ocurrió cuando Lilly Téllez, del PAN, proyectó una parodia política y llamó «narcopolíticos» a legisladores. Ruth González Silva, senadora del Verde y esposa del gobernador de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo, la acusó de amenazas y adelantó que presentará una denuncia penal contra ella, según informó El Universal.

Los votos que no cuadran y el turno de Diputados

Entre una cifra y otra hay cuatro votos de distancia. Con 72 y 34 suman 106 senadores; con 68 y 34, 102, y el pleno es de 128. Ninguna nota aclara el porqué, y Tiempo no pudo consultar la votación nominal oficial del Senado. Para el resultado da igual: las reformas a leyes secundarias requieren mayoría simple, y ambas cifras la superan de sobra.

También hubo un reproche entre opositores. Jorge Álvarez Máynez, dirigente de MC, señaló que Alejandro Moreno, presidente del PRI, y Añorve se quedaron fuera de la votación, de acuerdo con Político MX.

Ahora la pelota está en San Lázaro, donde Diputados actúa como cámara revisora. Según el artículo 72 de la Constitución, puede aprobar la minuta sin tocarla, y entonces va al Ejecutivo para publicarse; puede desecharla, y regresa al Senado con sus observaciones; o puede modificarla, y el Senado solo revisa los artículos cambiados. Esa tercera vía es la que daría cabida a lo que la oposición pidió en el Senado y la mayoría rechazó: definir «escala comercial» e «identidad gráfica», y escribir excepciones para sátira, parodia y periodismo.

Ninguna de las notas consultadas informa cuándo se dictaminará en Diputados. El periodo ordinario de sesiones cierra el 15 de diciembre. Si no se resuelve antes, el tema pasaría al siguiente periodo, que arranca el 1 de febrero, cuando ya corra el proceso electoral federal de 2027.

Mándalo X Facebook WhatsApp

Para seguir