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Plataformas y violencia en línea: el gobierno redacta un decreto con el CNI y la ATDT en la mesa

Tras el ataque en una secundaria de Torreón, Presidencia prepara un decreto para que las redes moderen contenido. No define qué es «contenido violento» ni cómo se detectará, y el CNI reforzará el seguimiento de comunidades digitales.

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Cuadrilla Tiempo · 6 min de lectura
Ilustración sobre el decreto que obligaría a las plataformas a retirar contenido violento, con el CNI y la ATDT en el grupo de trabajo

Un decreto, no una ley. Esa es la primera diferencia de lo que anunció la presidenta Claudia Sheinbaum el 2 de octubre: un grupo de trabajo que escribirá el texto para obligar a las plataformas digitales a la «detección, reporte y remoción oportuna de contenidos y comentarios que inciten directamente a la violencia», según el comunicado de Presidencia. Al ser un decreto del Ejecutivo, no pasa por el Congreso. En el equipo redactor participan el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).

La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal es la coordinadora. Con ella trabajan la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), la Secretaría de Educación Pública (SEP) e instituciones académicas. Sheinbaum lo planteó así en su conferencia matutina: «El primer objetivo es exigir a las plataformas digitales que bajen de su contenido en el momento en que encuentren comunicados o acciones que tiendan a la violencia, al abuso o al acoso; es decir, prohibir que haya ese tipo de publicaciones en las plataformas digitales».

Tiene que haber una limitación en las plataformas de la propagación de acoso, de abuso sexual

El anuncio siguió al ataque del día previo en la Escuela Secundaria General 13 de Torreón, Coahuila: la subdirectora Neri Edith Nevárez González murió a manos de dos agresores mayores de edad, y hubo cuatro heridos, de acuerdo con Uno TV.

El Universal fecha el ataque el 1 de octubre y dice que los agresores, dos hermanos de 18 años, habían subido a redes videos donde enseñaban armas. Para ese diario, es el cuarto ataque de jóvenes contra maestros o compañeros dentro de una escuela en lo que va de este gobierno.

Lo que falta definir

En el comunicado oficial hay un criterio: contenidos que «inciten directamente a la violencia». Falta saber quién determinará cuándo una publicación lo cruza. Tampoco se aclara a qué plataformas alcanzará la norma, de cuánto tiempo dispondrán para retirar algo, qué sanciones habrá si no lo hacen ni qué significa el «reporte» en la práctica: si las empresas solo informarán qué retiraron o si entregarán a las autoridades datos de quienes publicaron. El documento solo menciona «mecanismos de coordinación con las autoridades competentes».

Según El Universal, el decreto se presentará el jueves 8 de octubre, y Sheinbaum informó que también cubrirá acoso, abuso sexual y difusión de contenido abusivo. «Tiene que haber una limitación en las plataformas de la propagación de acoso, de abuso sexual», dijo. Sostuvo que «las redes sociales tienen una responsabilidad», pues son el principal medio de comunicación de los jóvenes.

Según ese diario, funcionarios del gobierno federal buscarían a las empresas durante esa semana. La presidenta expresó su deseo de que las compañías acepten, y avisó que las medidas correrán de todos modos.

La detección es el flanco técnico peor explicado. Las plataformas grandes ya comparten un recurso para localizar material extremista: la base de hashes del Foro Global de Internet contra el Terrorismo (GIFCT), que opera con huellas digitales de videos, imágenes y documentos. Incluye hashes perceptuales, capaces de reconocer contenido parecido en lo visual o en su estructura, según la descripción del propio GIFCT. Pero su materia prima es lo atribuido a entidades terroristas o extremistas violentas que ya están catalogadas.

Un video inédito, como los que según El Universal subieron los agresores de Torreón, no aparece en ninguna base anterior. Para encontrarlo hacen falta clasificadores automáticos o revisión humana, y los criterios los pone cada empresa en sus normas comunitarias. El anuncio de México no aclara si el gobierno llevará criterios o listas de contenido propios para ese trabajo.

En otras jurisdicciones, el modelo pasó por el poder legislativo. La Unión Europea regula la moderación con la Ley de Servicios Digitales, un reglamento que impone obligaciones adicionales a los servicios con más de 45 millones de usuarios mensuales en la UE, según la Comisión Europea.

El CNI y la mirada sobre las redes

Presidencia incluyó en el mismo comunicado compromisos que rebasan lo que se exigirá a las empresas. Dice que la SSPC, a cargo de Omar García Harfuch, «mantiene monitoreo permanente en redes sociales, servicios de mensajería, foros y otros espacios digitales para identificar de manera temprana contenidos, conductas o personas que pudieran representar un riesgo relacionado con expresiones de extremismo violento».

También promete reforzar la investigación en fuentes abiertas, con el fin de «reconstruir la actividad digital relacionada con una amenaza, identificar patrones y establecer posibles relaciones entre usuarios», y afirma que «con apoyo del CNI se incrementará el seguimiento de comunidades y contenidos para identificar patrones, amenazas o posibles llamados a cometer actos de violencia». Sobre ese seguimiento no se dice nada de controles judiciales ni de límites de tiempo.

Sobre el CNI conviene tener presente lo siguiente. Sustituyó en 2018 al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) y es un órgano desconcentrado de la SSPC. El Congreso aprobó en julio de 2025 dos leyes nuevas: la del sistema de investigación e inteligencia y la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se publicaron en el Diario Oficial el 16 de julio de ese año y ampliaron las facultades del CNI para obtener información pública y privada), además de abrirle el acceso a la Plataforma Única de Identidad.

Las rechazaron partidos de oposición y organizaciones civiles, por el aumento en la capacidad de vigilancia del Estado.

Desde su creación el 1 de enero de 2025, la ATDT, dirigida por José Antonio Peña Merino, concentra la política de telecomunicaciones del gobierno federal. Ni el comunicado ni lo dicho después detallan qué papel tendrá en la aplicación del decreto.

De dónde viene esto y qué sigue

En materia de retiro de contenidos, lo más cercano que existe a nivel federal es la «notificación y retirada» de la Ley Federal del Derecho de Autor, que rige desde 2020. Sobre una reforma a esa ley que se discute en la Cámara de Diputados, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) advirtió el 25 de septiembre que podría «incentivar el monitoreo de la actividad en línea, la eliminación preventiva de contenidos».

La misma organización criticó la reforma al Código Fiscal de octubre de 2025: obliga a los servicios digitales a dar al SAT acceso «en línea y en tiempo real» a su información, y contempla el bloqueo temporal para quien no cumpla.

Mario Delgado, secretario de Educación Pública, dijo que las plataformas tienen que asumir su responsabilidad sobre los contenidos de violencia y probar que serán sitios seguros para menores. Presidencia detalla que la SEP reforzará el programa «ABC de las emociones»: habrá asambleas con padres de familia y buzones confidenciales para detectar situaciones de riesgo.

El gobierno anunció, además, que impulsará reformas legales para regular el acceso de niñas, niños y adolescentes a las redes sociales. Esa vía sí necesita luz verde del Congreso, cosa que el decreto no requiere.

Ese documento, previsto para el 8 de octubre, será el primero que permita saber cómo se define «contenido violento», en qué plazos habrá que retirar publicaciones y qué atribuciones concretas tendrán el CNI y la ATDT.

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